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Economia

Avala Corte importación de papa fresca

Corte avaló reglas del sexenio pasado para importar papa fresca de EU y otros países, que han estado suspendidas por amparos de productores

Reforma

Víctor Fuentes/Reforma

miércoles, 28 abril 2021 | 15:57

Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia avaló hoy reglas del sexenio pasado para permitir la importación de papa fresca proveniente de Estados Unidos y otros países, que han estado suspendidas desde 2014 por amparos de los productores nacionales.

 Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte revocó dos amparos concedidos en 2017 por un juez federal de Los Mochis, Sinaloa, quien había declarado que las medidas adoptadas por el Ejecutivo para permitir la importación de papa fresca ponían en riesgo la seguridad alimentaria y el desarrollo económico sustentable, y podrían introducir hasta 63 plagas cuarentenarias al campo mexicano. 

Dichas medidas fueron, en 2014, un Acuerdo de Mitigación y, como reemplazo en 2016, una reforma al Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Vegetal decretada por el Presidente Enrique Peña Nieto, que estableció múltiples medidas fitosanitarias para la importación de tubérculos de papa para consumo y procesamiento, provenientes de cualquier país.

 En los días previos a la sesión de hoy, los productores nacionales lanzaron una campaña para advertir que 28 plagas de "riesgo alto" están presentes en las papas estadounidenses, y esta semana consiguieron un pronunciamiento del Senado a su favor.

 Pero la Corte determinó que las medidas emitidas por el Ejecutivo son de carácter técnico y, por tanto, al Poder Judicial no le corresponde examinarlas a detalle en cuanto a su contenido, pues estaría sustituyendo a las autoridades especializadas, sino que sólo le toca verificar que son razonables, no arbitrarias ni caprichosas.

 La Corte requerirá varias semanas, o incluso meses, para notificar oficialmente sus sentencias de hoy al juzgado de Los Mochis, por lo que las suspensiones que éste concedió seguirán vigentes en ese periodo, pero quedarán sin efectos una vez que se den por terminados los juicios.

  Con ello, podrá iniciar la importación de papa fresca. El actual Gobierno, sin embargo, no tiene impedimento para prohibir de nuevo las importaciones si lo considera necesario.

  "Debe reservarse a las autoridades administrativas, entre ellas al Presidente de la República, la evaluación de los costos marginales y de los beneficios incrementales en el diseño de las medidas fitosanitarias aplicables a la importación de productos vegetales primarios", explicó la Corte.

 "La atribución de riesgos en la consideración conjunta de factores tan dinámicos como la sanidad vegetal y el comercio exterior, es una evaluación de cálculo marginal que corresponde a aquellas autoridades mejor posicionadas para tomar estas decisiones, es decir, la autoridad administrativa, que por sus atribuciones y sus conocimientos técnicos (análisis de riesgos fitosanitarios) se encuentra en una clara posición de ventaja institucional para la toma de decisiones", agregó.

 Entre las medidas que impuso el Ejecutivo en 2016 para importar papas destacan que los embarques estarán en paquetes de nueve kilos o menos, salvo que sean papas para procesamiento; que no se podrán vender en municipios de menos de 100 mil habitantes y que las papas tendrán que haber sido producidas a partir de semillas certificadas.

 Además, las papas deben ser lavadas y recibir un tratamiento para inhibir la germinación y, en el proceso de inspección, cinco papas de cada paquete se cortarán y se examinarán para detectar síntomas internos y los signos de bacterias e insectos.

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