‘La Nacha’, primera mujer líder de un cártel en la frontera, logró la absolución por errores en los procesos legales
Alejandra Gómez / El Diario de Juárez
domingo, 19 diciembre 2021 | 07:23Ciudad Juárez.— Unos minutos después de las 11 de la mañana, agentes de la Policía Judicial ingresaron a la casa de Ignacia Jasso de González, ubicada en el número 13 de la calle Victoria, para ejecutar una orden de cateo por el delito de posesión y venta de drogas. Era el 21 de agosto de 1925. Aunque ese día fue detenida y, más tarde, su solicitud de amparo rechazada, con el enfrentamiento a la justicia dio inicio su historia de impunidad.
Los expedientes resguardados en la Casa de la Cultura Jurídica (CCJ) revelan que desde 1925 y hasta principios de la década de los 40, la primera mujer líder de un cártel de drogas, mejor conocida como “La Nacha”, recurrió en al menos siete ocasiones a un juicio de amparo para ser absuelta de los delitos que se le imputaban, como el tráfico de drogas en el interior de la Cárcel Pública de Ciudad Juárez, e incluso de ser enviada a las Islas Marías para purgar su pena.
Aquella mañana, mientras Ignacia Jasso dormía en la casa que compartía con su marido Pablo González, alias “El Pablote”, oficiales registraron durante 30 minutos cada mueble, “lográndose encontrar en su poder las siguientes sustancias: once papeles conteniendo al parecer heroína, veintisiete papeles conteniendo también al parecer morfina y un paquete de hierba al parecer mariguana”, de acuerdo con el expediente 232/1925.
Tan sólo tres días después, el 24 de agosto, se le dictó auto de formal prisión, por lo que bajo el pretexto de padecer bronquitis y tener siete meses de embarazo, Ignacia Jasso interpuso un recurso de amparo y solicitó cumplir su pena en el Hospital Civil Libertad, porque la Cárcel Pública era estrecha, antihigiénica y no contaba ni con un departamento para mujeres ni con los recursos necesarios para atender su enfermedad.
Además, acusó a la autoridad de sostener prejuicios hacia quienes fueron procesados por delitos en contra de la salud pública, a pesar de que hasta ese momento ella sólo registraba un antecedente por el delito del que se le acusaba y del cual fue absuelta. “Se me infieren molestias personales sin causa legal, tanto al privarme de mi libertad como al recluirme en un establecimiento que no me corresponde”, argumentó Ignacia.
Sin embargo, de acuerdo con la declaración del agente de la Policía Judicial Gustavo Musy, al llegar al domicilio ubicado en la calle Victoria encontraron a Ignacia dormida en una habitación y mientras realizaban el cateo despertó e inmediatamente de debajo de la almohada sacó una bolsa de cuero que intentó esconder en su cuerpo. Al solicitarle que la entregara, respondió: “No les entrego nada, quítenmela si pueden”.
Después, solicitó hablar con un agente en otra habitación de la casa y, luego de mostrarle la bolsa con cocaína, le ofreció 250 dólares a cambio de que la dejaran libre. A pesar de que “La Nacha” negó la versión de los policías y sostuvo que la única historia real era que estaba dormida cuando irrumpieron en su casa, además de argumentar su mal estado de salud, se le condenó a cumplir su pena en prisión.
Con el paso de los años, “La Nacha” ganó terreno como traficante de drogas y, con ello, influencias para evadir la prisión: el primero de agosto de 1930, cuatro agentes de la Delegación Sanitaria Federal ingresaron a su domicilio “con el loable fin de perseguir el tráfico de drogas enervantes tan desarrollado en esta frontera”, pero los oficiales terminaron consignados por el delito de cohecho y abuso de autoridad, según el expediente 96/1930.
Cerca de las 11 de la noche, los agentes sanitarios se presentaron en la casa de quien llamaron “conocida traficante de drogas de esta población” como miembros de la Jefatura de Guarnición y señalaron tener una orden de cateo en busca de drogas y armas, pero únicamente encontraron una pistola, y a cambio de no detener a Ignacia Jasso, le solicitaron el pago de 100 dólares.
Al día siguiente, “La Nacha” se encontró con uno de los agentes en la calle, quien, según declaró, le solicitó que no contara nada de lo sucedido y le regresaría la pistola, pero la mujer no tardó en acusarlos de proceder a nombre de un departamento al que no pertenecían y allanar su hogar sin una orden de cateo, por lo que dos de los cuatro oficiales fueron detenidos y puestos en prisión.
El 27 de septiembre del mismo año, los oficiales sanitarios interpusieron un juicio de amparo en el que negaron haberse presentado por parte de la Jefatura de Guarnición e indicaron que el arma se la llevaron en calidad de préstamo; además, negaron haber solicitado dinero a cambio de no detener a Ignacia, pero luego de un careo con la narcotraficante y otro hombre afectado en un hecho distinto, el recurso fue rechazado.
Tan sólo un año después, el 16 de abril de 1931, mientras Ignacia Jasso se encontraba recluida en la Cárcel Pública, se llevó a cabo una investigación ante la denuncia de tráfico de drogas en el interior de la prisión, en la que se reveló no sólo la corrupción que permitió la venta de narcóticos por parte de “La Nacha” e incluso su constante salida de las instalaciones, sino también la manera en que adquiría las sustancias y las condiciones de la única cárcel de la ciudad.
“Los procesados que se encuentran en ese establecimiento por adictos al uso de drogas enervantes, lejos de curarse, siguen ahí en el interior de la prisión, y que por observaciones que con el tiempo fue haciendo llegó a saber perfectamente que los que vendían drogas heroicas dentro de la cárcel eran los mismos capataces”, testificó un hombre que llevaba cuatro meses recluido en la prisión.
A las 10 de la noche, luego de una denuncia de “varias irregularidades delictuosas descubiertas a raíz de haberse hecho un registro en la cárcel pública de esta ciudad”, oficiales dirigidos por el comandante de Policía, el jefe de las Comisiones de Seguridad y el jefe de la Policía Judicial, realizaron un cateo en las instalaciones y encontraron heroína, cocaína, mariguana, objetos útiles para inyectarse, cuchillos y navajas, de acuerdo con el expediente 27/1931.
Sin embargo, a pesar de que ninguna de las sustancias se encontró en poder de Ignacia Jasso, la investigación apuntó a ella como líder del negocio tanto en el área de hombres como de mujeres: según testigos, las drogas eran ingresadas a la prisión por el regidor de cárceles, quien visitaba a “La Nacha” de dos a tres veces por semana y le entregaba de una a dos onzas de “droga heroica”, las cuales ella daba a otra reclusa para ser vendidas al menudeo entre “viciosas y viciosos de la cárcel”.
El regidor recibía la droga desde la Ciudad de México por medio del correo y se la entregaba a Ignacia en sobres de correspondencia; además, cada ocho días le permitía salir de prisión para visitar su casa y quedarse a dormir en ella por dos días, para luego regresar y continuar con su pena, según declaró su compañera de celda, quien el día del cateo terminó internada en el Hospital Civil Libertad por lesiones que le causó “La Nacha”.
El 28 de septiembre de 1930 ingresó a prisión la rea que compartió celda con la traficante de drogas y que terminó siendo usada para el comercio ilegal tanto dentro como fuera de la cárcel. Luego de la investigación, declaró que Ignacia Jasso le consiguió ser liberada por medio de una fianza que concedió el regidor, pero una vez afuera se le solicitó realizar entregas de narcóticos en diversas casas y al no lograrlo se le volvió a encerrar.
Ante la corrupción revelada, el defensor del regidor de cárceles cuestionó al juez segundo de Distrito en el Estado, encargado de llevar el caso, “¿podrá un día saberse, en esa promiscuidad, quién hace el tráfico de narcóticos en la llamada cárcel del lugar? ¿Habrá asomos de justicia en que ese tráfico se impute a determinada persona, en medio de ese trajín en que no hay responsabilidades definidas?”.
Y agregó que “la verdad, si existe tráfico de narcóticos en la Cárcel Pública, si existen vergüenzas en exhibición, en vez de lugar donde se cumpla con llevar a los penados la regeneración que la ley quiere, es una culpa colectiva, y debe imputarse a los hombres que han ocupado los puestos públicos en cuyas atribuciones estaba hacer de ese establecimiento un lugar que llenara sus fines y no un sitio de horror y vergüenza”.
En más de una ocasión, durante 15 años residiendo en Ciudad Juárez, el representante del regidor de cárceles se enteró de investigaciones efectuadas en la prisión a fin de corroborar o descartar los rumores de tráfico de drogas en el interior de las instalaciones e incluso dijo que la falta de orden imperante permitía tanto la entrada y salida de turistas como de amigos y familiares de los reclusos, así como la presencia de presos de confianza y correccionales castigados con pequeñas penas.
Ignacia Jasso y el regidor negaron las acusaciones hechas en su contra: las lesiones de la reclusa fueron consecuencia de su abuso de confianza, la droga fue plantada por los oficiales de Policía, no existía ningún tipo de relación entre “La Nacha” y el funcionario, tampoco un apartado postal en que se recibieran las sustancias y, por lo tanto, la redada en el interior de la prisión fue hecha con la intención de inhabilitar al regidor en el Ayuntamiento porque, supuestamente, representaba al expresidente municipal Arturo Flores, señaló el abogado.
Para 1933, cuando la narcotraficante vuelve a apelar una de las acusaciones hechas en su contra, en los expedientes judiciales se le refiere como Ignacio Jasso viuda de González, porque su marido “El Pablote” fue asesinado dos años antes, lo que la dejó al frente del negocio. En aquella ocasión, un 21 de octubre, fue detenida luego de que se realizó un cateo en su casa y se encontró heroína, cocaína y otros enervantes.
Alrededor de las ocho y media de la noche, tres agentes de la Policía Especial, dependientes del Ejecutivo del Estado, acudieron al domicilio ubicado en el número 301 de la calle Otumba con la orden de inspeccionar la posible presencia de drogas, y en lugar encontraron de visita al regidor de la Policía Félix Moriel, quien se excusó diciendo que estaba tratando de gestionar con Ignacia Jasso la renta de un cabaret.
Durante el cateo fueron encontrados diversos narcóticos, por lo que el 26 de octubre se dictó auto de formal prisión en contra de “La Nacha”, quien no tardó en interponer un recurso de amparo bajo el pretexto de que no se le permitió contar con testigos, por lo que rechazó el valor legal de la inspección y el 23 de noviembre del mismo año logró la revocación de su condena, de acuerdo con el expediente 100/1933.
En la década de los 30 la pena aplicable para quien comerciara, elaborara, poseyera o comprara drogas enervantes era de seis meses a siete años de prisión y una multa de 50 a 5 mil pesos, según lo establecido en el artículo 194 del Código Penal de la época, sanciones de las que en más de una ocasión se libró Ignacia Jasso al encontrar fallas en los procesos legales iniciados en su contra.
El 6 de octubre de 1938 promovió una demanda de amparo en contra del gobernador del estado de Chihuahua, el jefe de la Policía Especial, el agente del Ministerio Público, el presidente municipal de Ciudad Juárez, el comandante de Policía y el jefe de la Policía Judicial por violación de sus garantías individuales al girar una orden de aprehensión en su contra sin haber cometido un delito.
El juicio de amparo número 74/938 fue aceptado y se solicitó a las autoridades involucradas que entregaran un informe con la justificación de sus actos, pero como nadie reconoció la acusación realizada en su contra e Ignacia Jasso no presentó pruebas de lo contrario, el juez segundo de Distrito en el Estado concluyó por suspender el proceso.
Después, en noviembre de 1942 fue detenida junto con el ciudadano norteamericano Harry Grant Walls y otras personas por el descubrimiento de un centro de tráfico y la aplicación de estupefacientes en su domicilio, pero a pesar de que ella señaló la inexistencia de una orden de cateo y, por lo tanto, del cuerpo del delito, fue procesada por posesión y venta de drogas.
“No existe ningún elemento que permita acreditar la existencia del cuerpo del delito de posesión de drogas enervantes en contra de la señora Jasso viuda de González”, sostuvo su representante legal, de acuerdo con el expediente 86/1942, pero el juez justificó la ausencia de una orden de cateo con la supuesta realización de una inspección y en abril de 1943 se le sentenció a dos años y tres meses de prisión y el pago de una multa de 350 pesos.
Pero en agosto del mismo año interpuso un juicio de amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, alegando que se le dictó sentencia condenatoria sin existir delito porque tanto el jefe de Comisiones de Seguridad como un agente de la misma corporación ingresaron a su domicilio sin una orden y, además, señaló que la morfina encontrada pudo haber sido ingresada por los mismos oficiales, por lo que finalmente se le concedió la absolución.
El último registro que existe sobre la evasión de la justicia por parte de la narcotraficante Ignacia Jasso se encuentra en el expediente número 7146/1943: como recurso de amparo presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación cartas de todos los ejidatarios de Ciudad Juárez donde la describían como una buena persona dedicada a la agricultura, para conseguir que no la enviaran a prisión a las Islas Marías, y lo logró.
Los expedientes judiciales de la CCJ permiten conocer la relación de “La Nacha”, primera mujer líder del cártel de drogas en la frontera, con la justicia y la manera en que llevaba a cabo su negocio tanto dentro como fuera de la prisión; un negocio que, según investigadores, heredó de su marido “El Pablote” y pasó a manos de sus hijos cuando ella se retiró.