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Estado

Tiene Fiscalía casi 2 mil vehículos decomisados

Publica convocatoria para recuperarlos de los contrario en tres meses podrían ser del estado

Bernardo Islas/El Diario

martes, 20 agosto 2019 | 12:20

Chihuahua.- La Fiscalía General del Estado (FGE) publicó en el Perdiodico Oficial del Estado una lista de mil 952 vehículos que tienen asegurados, pidiendo a los propietarios acudir por ellos, por lo cuál tendrán un lapso de 90 días para realizarlo, de lo contrario serán adjudicados al gobierno.

Se especifica que el dueño de estos vehículos tendrá que acreditar la propiedad, con lo cuál se iniciará el trámite de la entrega por parte de la FGE, quien atendió el artículo 231 del Código Nacional de Procedimientos Penales, quien lo obliga a publicar dicha lista en el Periódico Oficial del Estado.

Cabe señalar que en dicha publicación aparecen tres vehículos asegurados desde el año 2000, mientras que los más recientes son de hechos ocurridos en el 2016, estos automotores fueron asegurados por diversos motivos, por robo de autopartes, participación en hechos delictivos, abandonados, decomisados, entre otros.

Asimismo la fiscalía señala en dicha notificación que los propietarios tienen 90 días, desde que se publicó la lista, para acudir a las instalaciones de la dependencia estatal para reclamar su vehículo, de lo contrarió se adjudicará de la propiedad.

Lo anterior de acuerdo al artículo 28 de la Ley para la administración y destino de bienen relacionada con hechos delictivos, que a su letra dice, “ Enajenación, destrucción y aprovechamiento de los Bienes. Los bienes adjudicados al Estado en los casos de abandono, decomiso o extinción de dominio, serán enajenados por la Autoridad Administrativa, con excepción de aquellos que deban ser destruidos o sean susceptibles de aprovechamiento por parte del Estado en materia de seguridad pública y procuración de justicia, de conformidad con los lineamientos dictados por la Comisión.”

El arículo agrega que en el caso de que los Bienes sean susceptibles de aprovechamiento, la Fiscalía deberá cubrir a la víctima u ofendido, si lo hubiere, el pago de la reparación del daño respecto de los delitos por los que se decretó el decomiso o la extinción de dominio, según corresponda, hasta por el valor de los Bienes en cuestión.

Mientras que el artículo 29 de la mima ley dice que el producto de la venta de los Bienes que causen abandono a favor del Estado en los supuestos a que se refiere el Código Nacional de Procedimientos Penales, se destinará al Fondo Auxiliar para la Procuración de Justicia y Seguridad Pública.

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