La investigación complementaria durará 5 meses; permanecerán en prisión preventiva
Luz del Carmen Sosa / El Diario de Juárez
sábado, 27 mayo 2023 | 05:00Ciudad Juárez.- Por toda la saña y todo el odio hacia una mujer al privarla de la vida y su dignidad, por la manera atroz en la que dañaron su cuerpo, la jueza de Control Brisa Yadira Meraz vinculó a proceso a la directora del Centro de Recuperación Monarca, Claudia Rubí R. E., de 43 años, y a su empleada y pareja sentimental Diana Paola E. L., de 28 años, acusadas del delito de feminicidio agravado en perjuicio de Celia Yaneth C. R., de 35 años.
En la continuación de la audiencia inicial de la causa penal 2897/23, celebrada ayer en la Sala Penal 19 a partir de las 10:26 horas, ambas acusadas se presentaron vestidas con el uniforme en color gris del Cereso Femenil 2.
Rubí portaba una sudadera que le cubría los tatuajes en los brazos, mientras que Paola llevaba una camiseta de manga corta. Las dos llevaban el cabello trenzado y zapatos deportivos en color negro.
La administradora de Casa Monarca mantenía la vista fija en la jueza y en determinado momento cayó una lágrima de su ojo derecho, lo que sorprendió a Diana Paola, que sólo observó cuando la mujer retiró rápidamente la gota salada de su mejilla.
El agente del Ministerio Público adscrito a la Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia (FEM), David Armendáriz, solicitó a la jueza la vinculación a proceso de ambas acusadas, como lo establece el artículo 316 del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
Dijo que entre el 17 y 18 de mayo Celia Yaneth fue privada de la vida en el Centro de Rehabilitación Monarca, ubicado en la calle Montes Rocallosos 6373, y el cuerpo fue trasladado al departamento localizado en la calle Constitución 583, donde el cuerpo fue desmembrado.
La causa de muerte fue traumatismo craneoencefálico, hemorragia cerebral por traumatismo cerrado de cráneo y desmembramiento.
La representación social precisó que con los datos y elementos de prueba se logró acreditar la probable participación y coautoría de ambas mujeres en el delito de feminicidio agravado, previsto y sancionado en el artículo 126 Bis del Código Penal del Estado (CPE).
Hasta 60 años de prisión
Textualmente cita: “a quien prive de la vida a una mujer por razones de género estaría cometiendo el delito de feminicidio, se le impondrá de treinta a sesenta años de prisión y la reparación integral del daño”.
El CPE menciona que existen razones de género cuando, antes o después a la privación de la vida, a la víctima se le hayan infligido lesiones, mutilaciones o cualquier otro acto que atente contra la dignidad humana, indica la fracción II y IV por misoginia.
Además, se aumentará de uno a veinte años la pena de prisión impuesta cuando exista o haya existido entre el activo y la víctima una relación de confianza, subordinación o superioridad. Si la víctima, por cualquier medio, fue sometida a prácticas que alteraran su estructura corporal con menosprecio al cuerpo de la víctima, como cita la fracción IV y la fracción V que menciona que si la víctima se encontraba bajo el cuidado o responsabilidad del agente, utilizando los medios o circunstancias que su cargo o situación personal le proporcionen.
Y aunque la defensa trató de desacreditar el trabajo de investigación de la FEM, al aseverar que no se acreditó el modo y lugar del crimen, por lo que solicitó la reclasificación del delito por la inhumación del cuerpo, esto fue desechado por la jueza.
Hallazgo del cuerpo
Durante la audiencia trascendió que la mujer victimada, luego de regresar de Wichita, Kansas, permaneció un mes con su novio Tony; sin embargo, sostuvieron problemas a causa de la adicción de la mujer a sustancias como el ‘cristal’, por lo que él la regresó con su familia y les entregó 100 dólares y mil pesos. Celia le pidió auxilio a su familia y una vecina, que fue cocinera de Casa Monarca, les mostró por medio de la red social Facebook los servicios que prestaba la asociación civil. Fue así como la mujer fue ingresada al anexo. Por la noche, fue agredida por dos o más personas y murió a causa de las lesiones sufridas. El día 18 Rubí llamó a la tía de Celia y le dijo que la interna se había escapado a medianoche después de golpear a una enfermera y les regresó el dinero. El día 19 los agentes investigadores encontraron el cuerpo desmembrado en el departamento de Rubí.
“La víctima quería mejorar en su vida y solo encontró la muerte”, dijo la jueza al resolver el auto de vinculación a proceso contra Diana Paola y Claudia Rubí, al referir que existían los suficientes elementos de prueba para acreditar el delito cometido por razones de género, acorde a lo establecido en la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del 16 de noviembre de 2009 contra el Estado Mexicano por el llamado caso “Campo Algodonero”.
La jueza ratificó la medida cautelar de prisión preventiva y concedió el plazo de cinco meses para el cierre de la investigación complementaria.