Local

Dan palo a amparos de 2 de los fundadores de Aras

El Juez de Control determinó reanudar la audiencia de formulación de imputación

Argelia Domínguez/El Diario

jueves, 07 abril 2022 | 14:10

Chihuahua, Chih.- El juez de control Humberto Chávez Allende rechazó admitir dos amparos presentados por Sergio Armando G.C. y Diana Ivonne C.P., fundadores de Aras Business Group detenidos por los delitos de fraude y asociación delictuosa dentro de la causa penal 720/2022.

En el caso de Sergio Armando, los abogados Héctor Armando Flores Bejarano y César Quezada Anchando señalaron que el 5 de abril el Juzgado Tercero de Distrito concedió la suspensión provisional en el amparo indirecto 849/2022, a efecto de que Sergio Armando no fuera privado de la libertad siempre y cuando no se tratara de delitos de prisión preventiva oficiosa.

Los defensores refirieron que, aunque la resolución se publicó apenas ayer, el incidente de suspensión quedó registrado en el sistema electrónico del Consejo de la Judicatura Federal y comenzó a surtir sus efectos.

La Fiscalía General del Estado (FGE), en coordinación con la dependencia homóloga de Querétaro, ejecutó la orden de aprehensión en contra de Sergio Armando el 5 de abril en la capital queretana y luego lo trasladó al Cereso 1 de Aquiles Serdán.  

Como en el caso de Óscar Gonzalo H.M., los defensores de Sergio Armando pidieron que se materializara la protección otorgada por el juez federal y se decretara su inmediata libertad, quedando a disposición de la Fiscalía y del mismo tribunal para que se le cite a una nueva audiencia.

Sin embargo, el juzgador determinó la continuación de la audiencia inicial ya que la defensa no presentó los lineamientos sobre los que versa la suspensión provisional.

Por su parte, Héctor Omar Guerrero Almanza, abogado de Diana Ivonne, dio a conocer que el 13 de febrero del año en curso se admitió el amparo 376/2022 en el Juzgado Décimo Primero de Distrito, en el cual se decretó suspensión definitiva el 24 de marzo, por lo que su representada quedaba protegida de cualquier orden de aprehensión, siempre y cuando no se trate de delitos de prisión preventiva oficiosa.

El jurista reconoció de buena fe que la orden de aprehensión no fue ejecutada debido a que Diana Ivonne se encuentra en el hospital y el Ministerio Público solamente la puso bajo vigilancia, sin embargo, también hizo valer la garantía que tiene su representada ante el juez de control.

No obstante, el juez manifestó que el 7 de marzo se emitió un incidente mediante el que se negaba el acto reclamado por inexistente, ya que la orden de aprehensión contra Diana Ivonne se giró hasta el 19 de marzo.

Por ello pidió, señaló que había condiciones para continuar con la audiencia a fin de que el Ministerio Público formule imputación.