Local
Con respecto a 2020

Subió 34.78 % feminicidio en la entidad durante 2021

Desde 2019 se acumulan 107 víctimas; el 86.91% se concentra en 5 municipios con alerta de género

Argelia Domínguez/El Diario

miércoles, 12 enero 2022 | 05:00

Los feminicidios en el estado de Chihuahua incrementaron en un 34.78 por ciento al pasar de 30 hechos en 2020 a 46 en 2021. Ciudad Juárez concentra el 39.13 de los casos, al haber acumulado 18 víctimas. En la ciudad de Chihuahua se presentaron 12 asesinatos, Cuauhtémoc sumó 9, Guadalupe y Calvo 1 y Parral 1. 

Estos cinco municipios acaparan el 89.13 por ciento de los eventos ocurrido el año pasado y son en los que, el 17 de agosto, se activó oficialmente la Alerta de Género por parte de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) de la Secretaría de Gobernación (Segob). 

El alza también se observa si se compara la cifra del año pasado con los 31 feminicidios que contó la Fiscalía en 2019. Se trata de un aumento del 32.60 por ciento entre ambos periodos. 

En los últimos tres años, 21 mujeres han sido víctimas de feminicidio en Juárez. En la capital suman 29, en Cuauhtémoc 9, en Guadalupe y Calvo 3 y en Parral 1. En este periodo se acumulan 107 hechos y estas cinco ciudades son la que cuentan con el 86.91 por ciento de los asesinatos. 

Apenas en octubre de 2021 se instaló el Grupo Interinstitucional que dará seguimiento a la declaratoria de Alerta de Género, el cual revisará problemas como la tardanza en la atención a los delitos, la aplicación de lo recursos y tener los perfiles adecuados en los cargos público. 

El 9 de marzo de 2016, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucional la aplicación del 126 del Código Penal que establecía una penalidad agravada cuando la víctima del delito de homicidio fuera del sexo femenino.  

En consecuencia, el 28 de octubre de 2017 se incorporó en el artículo 126 Bis de dicho ordenamiento, la figura típica que reconocía la privación de la vida de una mujer por razones de género, sin embargo no se mencionó el ‘feminicidio’ como tal. 

Finalmente, el 20 de octubre de 2020 el Congreso del Estado reformó dicho artículo para definir que comete feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razón de género; y se considera que existe razón de género cuando la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo; asimismo, cuando antes o después a la privación de la vida, a la víctima se le hayan infligido lesiones, mutilaciones o cualquier otro acto que atente contra la dignidad humana; o actos de necrofilia.