Opinion
Ya es momento

Ley Olimpia

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Kenya Durán

viernes, 09 junio 2023 | 05:00

Este sábado estará en Chihuahua Capital, Olimpia Coral Melo Cruz, en la Quinta Gameros, a las 11:00 de la mañana. Es por tal motivo, que aprovecho este espacio de opinión, por un lado, para hacer una cordial invitación a los lectores, para escuchar a esta conferencista internacional, que disertará bajo el tema: “Visión, Propósito y Meta”. Y, por otro lado, para hacer énfasis en la importancia de conocer sobre la denominada Ley Olimpia.

Hace unos años, en un caso específico (como muchos otros que desafortunadamente suceden), fue difundido un video de contenido sexual, sin la autorización de una mujer del Estado de Puebla; a raíz de ello, esta persona, en pleno uso de sus derechos y libertades, comenzó una cruzada para promover la regulación en el código penal de dicha entidad, a fin de tipificar esos hechos, como una violación a la intimidad y ,-por lo tanto-, constitutiva de delito, para que pudiera ser castigado su agresor.

Ya he tocado en este editorial en algunas ocasiones, la diversidad de “violencias” que se ejercen en general en nuestra sociedad, y de manera específica, en contra de las mujeres. Lo digo en plural, precisamente por la amplia variedad de modalidades existentes, para agredir: física, intelectual, económica, social, sexual o mentalmente. Preponderantemente, a las personas de género femenino.

Olimpia Melo, se convirtió en la principal promotora de espacios digitales libres de violencia para mujeres y niñas; es una mujer joven, originaria de Huauchinango, Puebla. Desde hace casi diez años, inició su lucha para prevenir, erradicar y castigar este tipo de violencia. Es conferencista nacional e internacional, para generar conciencia sobre el daño que se les ha causado a víctimas de ello en muchos países. 

Fue nombrada como una de las 100 personas más influyentes del mundo, por parte de la Revista “Time”. Es asesora legislativa; creadora de la primera propuesta en México sobre violencia digital; iniciativa que fue promovida desde la resiliencia y el trabajo territorial, conocida como la Ley Olimpia. La cual, no solo cobró relevancia en México, sino en otros países de Latinoamérica. Incluso, ha sido reconocida por la ONU. 

Es fundadora de un colectivo femenino, denominado: Frente Nacional para la Sororidad”, para eliminar la violencia de género, mediante el uso de la tecnología. Es creadora del “Violentómetro Virtual”; que es una interesante herramienta que ha sido base para prevenir la violencia digital en las instituciones gubernamentales, sobre todo, en las instancias de procuración de justicia. Es coautora de una serie de libros, entre los que destaca: “Género, Derecho y Tecnología”. Sus aportes en esta materia, han sido referencia para libros de texto de nivel secundaria y medio superior. Es, además, precursora de “Defensoras Digitales”, para orientar y brindar apoyo a víctimas o potenciales víctimas de ciberacoso.

Mediante la “Ley Olimpia” (que no es propiamente una ley, sino todo el conjunto de reformas legales que se han aprobado), se reconoce la violencia digital y se establecen sanciones para quienes ejercen ciberviolencia; es decir, para aquellas personas (hombres o mujeres), que difunden a través de redes sociales o cualquier medio electrónico, algún contenido no autorizado por quienes aparecen en él, que violente la intimidad sexual de las personas (hombres o mujeres). A mayor abundamiento: tanto la víctima, como el agresor, pueden ser de cualquier género.

Algunas conductas que atentan contra la intimidad, de manera enunciativa, se refieren a: videograbar o audiograbar, fotografiar, o elaborar videos reales o simulados de contenido sexual o íntimo, a personas, sin su consentimiento o mediante engaño; exponer, distribuir, difundir, exhibir, reproducir, transmitir, comercializar, ofertar, intercambiar y compartir imágenes, audios, videos o cualquier contenido sexual, íntimo, de una persona, sin su consentimiento, mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier otra vía, a través del uso de tecnología.

Se refiere a todo aquello que atente contra la integridad, dignidad, vida privada, de las mujeres y niñas; que causen un daño psicológico, económico, sexual, tanto en el ámbito privado como público, además de daño moral, a la víctima e incluso a sus familias.

Las reformas que se han logrado, ya están plasmadas en el código penal federal, que establece una sanción privativa de libertad de 3 a 6 años al agresor; al igual que en prácticamente todas las entidades del país (29 de 32), que de 2018 a la fecha han hecho lo conducente, imponiendo penas variables, fluctúa desde los 6 meses y hasta los 8 años, según el código de cada estado. 

En Chihuahua, lo tipifica el artículo 180 Bis, del Código Penal, con multa de 100 a 200 días; prisión de 6 meses a 4 años; así como, 90 a 180 días de trabajo comunitario, conforme a la reforma legal de enero de 2021.

Ya es momento, de garantizar una vida libre de violencia (en todas sus formas). Momento de que nuestra seguridad, integridad y honorabilidad, no sean vulneradas por agresores, mediante el uso de la tecnología. Ya es momento, de disfrutar plenamente de todos nuestros derechos. Momento de erradicar la ciberviolencia.

Ya es momento…