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Salud

Instruyen a SSa transparentar casos de violencia obstétrica

El INAI ordenó publicar el número de sentencias en las que se ha condenado a algún médico u hospital por obrar contra embarazadas

Especial / Agencia Reforma / La comisionada Ibarra sostuvo que la violencia obstétrica se ha normalizado en México y es necesario visibilizarla

Natalia Vitela / Agencia Reforma

lunes, 20 noviembre 2023 | 22:36

Ciudad de México.- La Secretaría de Salud (SSa) fue instruida a publicar las sentencias entregadas por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico (Conamed) en las que confirma que se ha ejercido violencia obstétrica, dictaminó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El INAI también ordenó a la SSa publicar el número de sentencias en las que se ha condenado a algún médico u hospital por ejercer ese tipo de violencia.

"La violencia obstétrica en México se ha normalizado, afectando a tres de cada diez mujeres, de acuerdo con estadísticas del Inegi; visibilizarla y describirla es indispensable para erradicarla", expuso la comisionada presidenta del INAI, Blanca Ibarra.

"Frente a este contexto, la transparencia y el derecho a la información son herramientas poderosas para actualizar la agenda de los derechos de las mujeres en México y representan un punto de partida para construir una sociedad más respetuosa de sus derechos, tan fundamentales como lo es la vida y la dignidad humana".

Ibarra resaltó que la Relatoría Especial sobre la Violencia contra la Mujer de las Naciones Unidas, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, han identificado, alertado y señalado diversos casos de violencia obstétrica en México y otros países, donde las mujeres han sido blanco de ésta durante el parto o la práctica de una cesárea.

"La violencia obstétrica abarca prácticas y conductas violentas o no consensuadas durante el embarazo, parto y posparto, que van desde realizarse cesáreas sin información, presionar para colocar dispositivos anticonceptivos, intervenciones dolorosas sin analgésicos, obligar a dar a luz en una determinada posición y hasta el medicar de forma excesiva o innecesaria a las pacientes.

También puede ser psicológica, por ejemplo, dar al paciente un tipo de trato infantil, paternalista, autoritario, despectivo o despersonalizado, lo cual puede reproducir prejuicios también patriarcales.

Al respecto, un particular solicitó a la SSa la estadística por año y número de pacientes que sufrieron violencia obstétrica en todos sus hospitales, precisando los parámetros que los llevó a concluir esta situación.

También solicitó la versión pública de los laudos entregados por la Conamed en los que se determinó que se cometió violencia obstétrica, y el número de sentencias en las que se condenó a un médico de sus hospitales o a algún hospital por ejercer violencia obstétrica.

En respuesta, la SSa se declaró incompetente para conocer lo requerido y sugirió dirigir la solicitud a la Conamed, lo cual causó la inconformidad del solicitante, que acudió al INAI a interponer un recurso de revisión.

En el análisis del caso, a cargo de Ibarra, se realizó un análisis de la Guía de Intercambio de Información en Salud, de la cual se desprende que el Subsistema de Lesiones y Causas de Violencia, que administra la SSa, no registra los casos de violencia obstétrica, por lo que se sobreseyó de manera parcial el recurso.

Sin embargo, también se constató que la Conamed emite información estadística que incluye las quejas contra hospitales de la SSa para el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, lo cual evidencia que el sujeto obligado sí posee atribuciones para conocer de lo requerido.

La Norma Oficial Mexicana NOM-007-SSA2-2016 señala que la mayoría de los daños obstétricos y los riesgos para la salud de la madre y la persona recién nacida pueden ser prevenidos, detectados y tratados con éxito mediante la aplicación de procedimientos para la atención, entre los que figuran el uso del enfoque de riesgo y la realización de actividades preventivas.

Por ello, por unanimidad, el Pleno del INAI sobreseyó de manera parcial el recurso de revisión en lo que respecta a la solicitud de las estadísticas pero revocó la respuesta de la SSa y le ordenó entregar los laudos en lo que se confirmó que se cometió violencia obstétrica y la cantidad de sentencias condenatorias.

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